AYUNTAMIENTO

Declaración Institucional del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid para mejorar las condiciones de la policía local y cumplir la ley 1/2018, de 22 de febrero, de coordinación de policías locales

Pleno de 26 de septiembre de 2019.

Da lectura a la declaración institucional el Portavoz del Grupo Municipal Ciudadanos (C’s)

La Policía Local de Rivas Vaciamadrid es un servicio de este Ayuntamiento altamente valorado por los ripenses. Desde Ciudadanos creemos que ha llegado el momento de cuidar al ente y a los trabajadores que lo forman. Ellos hacen un trabajo fundamental para el ciudadano; de cercanía, de cuidado, velan por nuestra seguridad a diario, 24 horas al día, 365 días al año, haciendo de Rivas una ciudad en la que poder construir un proyecto de familia.

Desde el año 2010 no se han incorporado nuevos agentes mediante oferta de empleo pública, lo que supone que la plantilla no se renueve y sea cada vez más mayor, no adaptándose así al crecimiento poblacional que ha sufrido el municipio en la última década. Esta situación, a medio plazo, puede suponer un problema, por ello, debemos prevenir antes de que lo sea. No podemos permitir que la media de edad de nuestros policías se siga elevando porque esto puede provocar que dentro de unos años se produzcan jubilaciones masivas.

Además, a corto plazo está suponiendo problemas de inseguridad para el municipio, como demuestra la última encuesta realizada por el Ayuntamiento en el que la Seguridad Ciudadana ocupa la 4ª posición dentro de las preocupaciones de los ripenses.

Por otra parte, hace 2 años que se suspendió la Unidad Canina. Queremos que se recupere este servicio, dotándolo de recursos para que pueda funcionar correctamente. Entendemos que, en un municipio con las características de Rivas, con la existencia de puntos calientes y con el objetivo de prevenir el consumo de drogas entre los más jóvenes, es importante que exista esta unidad. Complementada con acciones dedicadas a la protección de la infancia y la juventud.

Es importante también recordar el valor añadido que supone la presencia de la Unidad Canina en términos educativos. Esta entidad realiza labores educativas en los distintos centros de nuestro municipio, siendo un elemento importante en la prevención de consumo de sustancias estupefacientes por parte de las poblaciones de riesgo. En esta labor también juegan un papel muy importante los Agentes Enlace

Además, con la llegada de la crisis en 2011, entre los recortes que llevó a cabo el Gobierno de la Nación se estableció en la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 en su Disposición Adicional 71, que la jornada general de trabajo del personal del Sector Público no podría ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

En 2018 llegó la recuperación económica y, con ella, la vuelta a las 35 horas del personal del Sector Público, mediante la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. En su Disposición Derogatoria Cuarta, deroga la Disposición Adicional 71 antes referida, sobre Jornada general del Trabajo en el Sector Público.

Esto quiere decir que los empleados públicos podrían recuperar esta jornada laboral si así lo acordaban con las administraciones públicas en las que trabajan y siempre que estas estén saneadas. Es decir, cuando en el ejercicio presupuestario anterior hubieran cumplido los objetivos de estabilidad y sostenibilidad financiera del déficit público, deuda pública y regla de gasto.

En el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid se da la paradoja de que todos los funcionarios han recuperado su jornada laboral, excepto un colectivo en concreto: la plantilla de Policía Local. Esta diferencia entre trabajadores que prestan sus servicios en la misma administración, entendemos que se debe corregir.

Por último, con fecha de 12 de marzo de 2018, se publicó en el BOCM la Ley 1/2018  de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, que se encuentran bajo amparo competencial del art. 148.1.22 de la Constitución Española (CE), art. 26.1.28 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En esta se recogen las normas básicas de regulación de las funciones de los Cuerpos de Policía Local en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con las competencias que le atribuyen la Ley Orgánica citada y la legislación de régimen local, así como los principios, políticas e instrumentos de la seguridad pública autonómica, en el marco de la legislación vigente.

En su ámbito de aplicación se incluyen, entre otros, todos los Cuerpos de Policía Local constituidos en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y, por lo tanto, el Cuerpo de Policía Local de nuestra ciudad, por lo que todas las actuaciones y políticas en materia de seguridad que se lleven a cabo en Rivas Vaciamadrid se deben ajustar escrupulosamente a esta Ley.

Esta Ley ha introducido grandes modificaciones en las categorías profesionales dentro de los cuerpos de Policía Local. Se modifican las anteriores y se transforman en subgrupos profesionales cuyo sueldo viene determinado a través de los Presupuestos Generales del Estado según el art. 23 del EBEP. Por lo tanto, el cambio de estas categorías puede tener incidencia presupuestaria.

En concreto, el art. 33 de esta Ley indica que “Los cuerpos de Policía Local se estructurarán en las siguientes escalas y categorías”:

Escala técnica (que constituyen el Subgrupo A-1)

Comisario o Comisaria principal

Comisario o Comisaria

Intendente

Escala ejecutiva (integrados en el grupo A-2)

Inspector o Inspectora

Subinspector o Subinspectora

Escala básica (dentro del grupo C-1)

Oficial

Policía

Asimismo, la Disposición Adicional 5º, establece las equivalencias entre las categorías anteriores y las actualizadas por la nueva Ley.

Inspector: categoría de Comisario o Comisaria principal (A-1)

Subinspector: categoría de Comisario o Comisaria (A-1)

Oficial: categoría de Intendente (A-1)

Suboficial: categoría de Inspector o Inspectora (A-2)

Sargento: categoría de subinspector (A-2)

Cabo: categoría de oficial. (C-1)

Policía: categoría de policía. (C-1)

Por lo tanto, algunas cambian de grupo o subgrupo y se engloban en otro rango salarial.

Además, hay que tener en cuenta que la Disposición Transitoria Primera indica los requisitos para cambiar de categoría. Los miembros que ocupen plazas de su categoría y tengan la titulación requerida se integran directamente en las nuevas categorías. Mientras que los profesionales que no la tengan, permanecen en la misma categoría anterior en situación ‘a extinguir’, pero a todos los efectos ostentarán las categorías actualizadas, con igual orden jerárquico y las mismas funciones operativas. Esto afecta, por tanto, a todos los policías (por ejemplo, todos los policías suben de categoría a efectos económicos, pasando de un C-2 a un C-1, independientemente si tienen o no la titulación requerida).

Cabe recordar que la Ley obliga a los responsables de los cuerpos de Policía Local a adaptar las categorías y a aplicar los nuevos parámetros retributivos que les corresponden. No podemos olvidar que esta actualización se hace en base a retribuir, tanto económica como profesionalmente, en base a las atribuciones y responsabilidades propias del desempeño del cargo. Hasta la fecha, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ha modificado exclusivamente la categoría de la plantilla, sin llevar a cabo la modificación necesaria en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.

Por todo lo expuesto, la corporación del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid;

ACUERDA:

PRIMERO.- Elaborar un Plan Estratégico -a dos legislaturas- consensuado con las diferentes secciones sindicales del Ayuntamiento para adecuar la plantilla del cuerpo de Policía Local de Rivas Vaciamadrid al ratio de agentes por habitantes -que recomienda la Federación Española de Municipios y Provincias- mediante oferta pública y a la reposición de los agentes que cesen en el servicio por jubilación.

SEGUNDO.- Realizará un estudio para restituir la Unidad Canina, dotándola de los recursos necesarios para poder servir a los intereses de los ripenses, los resultados de dicho estudio serán presentados a los grupos municipales de la corporación para debate. Además, se restablecerán las actividades educo-preventivas de los Agentes Enlaces en los centros escolares públicos.

TERCERO.- Modificara la RPT de la Policía Local de Rivas, adaptando la denominación de las plazas y los grupos  profesionales del cuerpo de Policía Local de Rivas Vaciamadrid, tal y como establece la Ley 1/2018 de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.

CUARTO.- Restituirá la jornada laboral de la plantilla de Policía Local a las 35 horas semanales que venían realizando antes de la aprobación de la Ley 2/2012, de 29 de junio.

QUINTO.- Incluirá en los presupuestos municipales la dotación crediticia suficiente para la ejecución de los distintos puntos de esta moción o las modificaciones de crédito necesaria.

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