TRÁMITES Y SERVICIOS

Reconocimiento de Responsabilidad de Infracción

Este trámite permite aportar escrito, una vez recibida la incoación del procedimiento, en el que se reconozca la responsabilidad en la comisión de los hechos infractores que se imputan, a fin de beneficiarse de una reducción del 20% del importe de sanción económica propuesta. Dicha reducción implicará la terminación del procedimiento y la renuncia a ejercitar cualquier acción o recurso en vía administrativa conforme el art. 85 de la LPACAP 39/2015 de 1 de octubre.

Tal reconocimiento sólo será válido para los casos en los que la sanción propuesta tenga carácter exclusivamente económico.

La persona interesada puede reconocer la Responsabilidad de la infracción:

  • En la sede Electrónica (con certificado Digital o clave).
  • Presencial (con cita previa en Registro).
Acceder al servicio
  • Escrito de reconocimiento de responsabilidad.

Presentar la solicitud por uno de los siguientes medios:

  1. Tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio” .Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://dev-rivas.mindalasoft.com/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
    • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
  2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
    • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
    • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
    • 91 670 00 00
    • 010 (teléfono de facturación especial).
  3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

BUSCAR TRÁMITES

RIVAS AL DÍA

RIVAS CULTURAL

OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

SUBIR