TRÁMITES Y SERVICIOS

Solicitud de autorización de tránsito de vehículos con MMA igual o superior a 16.000 Kg y de 3.500 Kg. en zonas restringidas

Los vehículos con una masa máxima autorizada (MMA) igual o superior a 16.000 kg y de 3.500 kg que necesiten circular por zonas restringidas del municipio, deberán solicitar autorización.

 

Acceder al servicio
  • Solicitud-Instancia en la que debe constar:
    • Motivo.
    • Fecha.
    • Lugar.
    • Número de solicitudes.
    • Plazo para la realización del transporte.
  • Pago de tasa correspondiente, según numero de autorizaciones.
  • Documentación correspondiente a los vehículos para los que se pide autorización del tránsito. (matrículas, ITV).licitud-Instancia en la que debe constar:
  • Datos del solicitante.
  • Ubicación del lugar dónde se dirige el transporte.
  • Material transportado y/o motivo del transporte.
  • Plazo estimado necesario para la realización del transporte.
  • Número de autorizaciones que solicita.
  • Justificante del pago de la tasa.
  • Copia de la licencia de obras en su caso.

 

Copia de la documentación del vehículo y del remolque en su caso:

  • Tarjeta de transporte.
  • Permiso de circulación.
  • Tarjeta de Inspección Técnica.
  • Recibo del seguro en vigor.

En el caso que se tengan que realizar transportes de mercancía por terceros o subcontratas, estas empresas, deberán justificar su relación laboral o de servicio con el interesado o empresa adjudicataria de las obras.

Todos los datos arriba descritos, son imprescindibles, por lo que si faltase alguno de ellos, NO se podría tramitar la Autorización de Tránsito solicitada, procediendo a su archivo.

 

  • Se debe solicitar con una antelación mínima de una semana y se resolverá en plazo de una semana.
  1. En primer lugar debe realizar una autoliquidación de la tasa y/o impuesto. (Consultar en el apartado "Datos de Pago")
    • A través de la OVT.
      • https://tributos.rivasciudad.es/
      • Desde aquí puede:
        • Pagar
        • Generar documento de pago y acudir a cualquiera de las Entidades bancarias colaboradoras: Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell y Unicaja Banco.
    • Para incidencias relacionadas con el pago de la tasa envíe un correo electrónico gtributaria@rivasciudad.es le requerirán una serie de datos y le emitirán la autoliquidación, para posteriormente poder pagarla.
    • Si su trámite no requiere pago realice directamente su presentación.
  2. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónica: Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://dev-rivas.mindalasoft.com/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite, incluidos los justificantes de pago de las tasas y/o impuestos autoliquidados.
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Tasas según número de autorizaciones.

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